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miércoles, 17 de junio de 2015

3. Régimen de Exportacion

RÉGIMEN DE EXPORTACION

INTRODUCCION

Existen muchas definiciones asociadas con este término. Como se explica en algunos casos, la exportación es simplemente la salida de un producto de un determinado país con destino a otro, atravesando las diferentes fronteras o mares que separan las naciones.
Bienes o servicios que se producen en un país y se venden en otro, comprende el comercio de mercancías (Ej. Café) y servicios (Ej. Trasporte)
En economía, una exportación es cualquier bien o servicio enviado a otra parte del mundo, con propósitos comerciales.
La exportación es el tráfico legítimo de bienes y servicios nacionales de un país pretendidos para su uso o consumo en el extranjero. Las exportaciones pueden ser cualquier producto enviado fuera de la frontera de un Estado. Las exportaciones son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones específicas.

EXPORTACIÓN

Es la salida de mercancías del territorio aduanero colombiano con destino a otro país o a una zona franca industrial de bienes y servicios, con el cumplimiento de los requisitos previstos en la norma.
Si utilizamos un concepto mucho más técnico, la exportación, según la Legislación Aduanera Colombiana, es considerada como la salida de mercancías (bienes y/o servicios) del territorio aduanero nacional hacia una nación extranjera o una zona franca industrial.
El Estado regula la salida del país de los recursos genéticos y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.
En Colombia, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es la entidad competente para expedir los certificados de origen de los productos nacionales objeto de exportación y que quieran acogerse al tratamiento preferencial arancelarios en el país importador-
De acuerdo con la legislación aduanera, el territorio aduanero nacional es considerado como el espacio en el cuál se encuentra ubicado el país incluyendo sus fronteras, tanto marítimas, como aéreas, como geo-espaciales. Por tanto todo lo que comprende nuestro territorio es considerado como el territorio aduanero nacional.
Ahora bien, en el término es claro que remite directamente a la salida de mercancías hacia una nación extranjera o una Zona Franca industrial de bienes y servicios.

RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN

Es el tratamiento aduanero aplicable a las mercancías que van a ser exportadas de acuerdo a las normas vigentes. Consta de tres regímenes:
LIBRE EXPORTACIÓN
Por regla general la mayoría de bienes exportados desde Colombia no requiere autorizaciones previas, porque el gobierno estipula que no existen ningunas restricciones para su salida.
SUJETOS A VISTOS BUENOS
Aquellos productos señalados taxativamente en actos administrativos proferidos por diferentes entidades gubernamentales tales como el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de minas y Energía, el ICA, etc. que por excepción requieren de visto bueno previo a la obtención del registro de exportación.
Básicamente lo componen animales, vegetales, metales y piedras preciosas, petróleo, energía eléctrica y algunos productos químicos o medicamentos sujetos a control
PROHIBIDA EXPORTACIÓN
Es la mercancía respecto de la cual la normatividad establece expresamente que no puede ser exportada.
Con el fin de proteger el patrimonio cultural de la Nación constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la  nacionalidad colombiana, el gobierno se reserva la facultad de impedir la salida del territorio colombiano de algunas mercancías que puedan vulnerar este patrimonio.

MODALIDADES DE EXPORTACIÓN

Son las diferentes formas reguladas por la legislación aduanera para exportar una mercancía.
Debido a que la exportación puede presentarse de diversas maneras existen diferentes modalidades con las cuales puede asociarse el tipo de envió de mercancía que se desea realizar.
Las modalidades contempladas en la legislación colombiana son:
a)      Exportación definitiva;
b)      Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo;
c)       Exportación temporal para reimportación en el mismo estado;
d)      Reexportación;
e)      Reembarque;
f)       Exportación por tráfico postal y envíos urgentes;
g)      Exportación de muestras sin valor comercial;
h)      Exportaciones temporales realizadas por viajeros;
i)        Exportación de menajes
j)        Programas Especiales de Exportación

  1. EXPORTACIÓN DEFINITIVA

Es la modalidad de exportación que regula la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas, del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país.
También se considera exportación definitiva, la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas desde el resto del territorio aduanero nacional a una zona franca en los términos previstos en este decreto.
Mercancías que salen del territorio nacional hacia otro país o una zona franca para permanecer en ella de forma definitiva.

B.      EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECIONAMIENTO PASIVO

Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas, del territorio aduanero nacional, para ser sometidas a transformación, elaboración o reparación en el exterior o en una zona franca, debiendo ser reimportadas dentro del plazo señalado en la declaración de exportación correspondiente, prorrogables por un año más.

C.      EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO

Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal originado en el uso que de ellas se haga.

D.      REEXPORTACION

Es la modalidad de exportación que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional, de mercancías que estuvieron sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación o ensamble.
 También podrán declararse por esta modalidad los bienes de capital o sus partes, que encontrándose importados temporalmente, deban salir para ser objeto de reparación o reemplazo en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios.

E.       REEMBARQUE

Es la modalidad que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación

F.       EXPORTACION POR TRAFICO POSTAL Y ENVIOS URGENTES

Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los envíos que salen del territorio nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes, siempre que su valor no exceda de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$2.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.

G.     EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL

Para efectos del régimen de exportación se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.
Las exportaciones de muestras sin valor comercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Proexport, no estarán sujetas al monto establecido conforme al inciso anterior.

H.      EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS

Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos.
 No estarán comprendidos en esta modalidad y no serán objeto de declaración, los efectos personales que lleven consigo los viajeros que salgan del territorio aduanero nacional.

I.        EXPORTACION DE MENAJES

Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior. Para tal efecto, deberán realizar el trámite de una solicitud de autorización de embarque, en la forma prevista este decreto para la exportación definitiva, con embarque único y datos definitivos.
 La solicitud de autorización de embarque deberá suscribirse y presentarse por el propietario del menaje o la persona debidamente autorizada por este.

J.        PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN.  (PEX)

Programa Especial de Exportación, PEX, es la operación mediante la cual, en virtud de un acuerdo comercial, un residente en el exterior compra materias primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o envases, de carácter nacional, a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar los bienes manufacturados a partir de dichas materias primas, insumos, bienes intermedios o utilizando el material de empaque o envases según las instrucciones que reciba del comprador externo.
El bien elaborado con las materias primas objeto del PEX deberá exportarse en plazos no superiores a seis (6) meses, contados a partir de la fecha de recibo de la materia prima. Este plazo podrá ser prorrogado por la Aduana, por una sola vez y hasta por tres (3) meses más, previa justificación del interesado.
Son un mecanismo de promoción de exportaciones que jurídicamente configura la combinación de dos regímenes aduaneros: La exportación definitiva y la importación temporal. Es una figura novedosa que contempló el nuevo código de aduanas.
En el momento en que el productor de materia prima hace la entrega de los bienes al maquilador o productor del bien final, se configura el régimen de exportación definitiva. Es decir, aunque el bien no sale físicamente del país, para efectos tributarios y cambiarios sí se considera exportado.
Antes de que la legislación contemplara los PEX, una operación comercial de esa naturaleza constituía una compra-venta en Colombia en la cual se causaba el IVA respectivo y le impedía al vendedor recibir las divisas generadas con motivo de la operación.
Ahora bien, en el momento en que el maquilador o productor del bien final recibe la materia prima se configura para él el régimen aduanero de importación temporal, puesto que recibe los bienes para efectuar una operación de perfeccionamiento activo, con la condición de exportar el producto terminado en un plazo específico.

PLAN  VALLEJO

El Plan Vallejo es la formulación de la política económica colombiana que permite el ingreso de materias primas, insumos y bienes de capital, libres de derechos aduaneros, a cambio de exportaciones equivalentes.
Uno de los aspectos que más tienen en cuenta las empresas, a la hora de planear sus actividades, es el dinero que deben pagar a los gobiernos de los países por realizar esas actividades. Este dinero se denomina impuestos. Un ejemplo de impuesto es el dinero que deben pagar las empresas por el derecho a traer, desde otros países (importar), maquinas y diferentes tipos de bienes que ellas necesitan para poder elaborar sus propios productos.
En el año 1959, el gobierno colombiano de ese entonces creó una estrategia que pretendía estimular a las empresas colombianas para elaborar productos y servicios que luego se enviaran y vendieran en el exterior; es decir, se exportaran. Esa estrategia se denominó el “Plan Vallejo”.
El Plan Vallejo consiste en permitir que las empresas colombianas que hacen productos para exportar no tengan que pagar la totalidad de los impuestos o sólo deban pagar parte de éstos al gobierno por traer las cosas que necesiten desde otros países; es decir, por importarlas. Inclusive, aquellas empresas que no exporten algún producto, sino que su actividad sea prestar algún servicio que colabore con la elaboración o envío de productos para exportar, y que también necesiten artículos provenientes de otros países para poder prestar su servicio, se pueden beneficiar del Plan Vallejo.
El decreto 444 de 1967 modificó el Plan Vallejo, al eximir del pago del arancel a las importaciones de materias primas o insumos para bienes destinados exclusivamente a la exportación. También quedaron exentas las materias primas para la elaboración de bienes, que aunque no fuesen destinados a la exportación, fueran utilizados por terceras empresas para producir bienes exportables.
La industria química y la industria del cartón y el papel, las cuales necesitan gran cantidad de maquinaria y bienes importados para su producción, son dos ejemplos del sector industrial que se han beneficiado considerablemente de las rebajas totales o parciales en los costos gracias al Plan Vallejo.
Para las empresas colombianas, el Plan Vallejo representa un gran ahorro de dinero, lo que permite que sus productos tengan menores costos de elaboración y, por lo tanto, un precio de venta menor, de tal manera que éstos se pueden vender mejor en los mercados internacionales.
Se puede concluir que el Plan Vallejo beneficia a las empresas colombianas, puesto que pueden vender mejor sus productos tanto en el exterior como al sector económico al cual ellas pertenecen y al país en general.
GENERALIDADES
·         Establecido mediante el decreto 444 de 1967
·         Creado para todos los sectores de la producción, inclusive servicios
·         Tienen acceso tanto personas naturales como jurídicas
·         Diseñado para agilizar las operaciones de comercio internacional
·         Genera beneficios de carácter económico
·         Implica compromisos
OBJETIVOS
·         Incentivo a las exportaciones
·         Desarrollo de sectores productivos
·         Competitividad
·         Generar ingreso de divisas


BIBLIOGRAFIA

Charles Hill
Negocios Internacionales – Competencia en el Mercado Global.
Jhon Daniels
Negocios Internacionales – Ambientes y Operaciones
Rogelio Perilla
Manual Para Importadores y Exportadores
Abel Rabadan
Aspectos Fundamentales Del Comercio Internacional
Federico Steimberg
La nueva teoría del comercio internacional y la política comercial estratégica,
Republica de Colombia
Estatuto Aduanero
Republica de Colombia
Arancel de Aduanas
Michael Czinkota
Negocios Internacionales
Robert Carbaugh
Economía internacional
Paul Krugman
Economía internacional
Peng
Estrategia Global
Edwin Tarapuez
Teoría Monetaria y Cambiaria


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